domingo, 5 de julio de 2015

EL CONSUMIDOR

Hay distintas definiciones para este adjetivo, pero todas vienen a decir lo mismo. La mas simple podría ser: “Dícese de la persona que consume”
Oscuro objeto del deseo. El “Jefe”, según la primera cadena de supermercados de España.
Aunque no nos demos cuenta, gran parte del trabajo que se realiza entorno a los bienes de consumo se hace pensando en él, desde su creación hasta su salida al mercado. Por eso los llamamos así.
Los alimentos no son una excepción, todo lo contrario.  Comer es una necesidad vital. En consecuencia, todos nosotros, en la medida de nuestras posibilidades, los compramos para sobrevivir. Por eso es importante ser exquisitamente cuidadoso con  nuestro cliente.
Desde hace muchos años, se definió la forma de proteger las peculiaridades y características de algunos alimentos, en función de su calidad. Normalmente ligados a zonas geográficas concretas en cada país comunitario. Como consecuencia de esa necesidad, nacieron las D.O.P. (Denominación de Origen Protegida), I.G.P. (Indicación Geográfica Protegida) y E.T.G. (Especialidad Tradicional Garantizada).
Todos hemos oído hablar de ellas y, seguramente, habremos comido o bebido en mas de una ocasión alimentos que las integran. Cada una de ellas tiene una normativa que la ampara y que todos sus integrantes deben cumplir. Eso garantiza, a priori, que la calidad de esos productos esta asegurada y les da un valor añadido que, normalmente, se acaba reflejando en el precio final.    
Recientemente he leído declaraciones en prensa del Presidente de la DOP “Melocotón de Calanda”  en las que se anuncia la creación de una marca común que podrán utilizar todos los integrantes de la denominación para comercializar la fruta que no ha pasado el último control que le daría el sello de calidad diferenciada como consecuencia de presentar algún defecto.
Inicialmente parece que su destino va a ser el mercado de exportación.
No deseo molestar a nadie, pero se me ocurren varias razones por las que no parece muy ético. Sin cuestionar su calidad, (estoy convencido de que sus características hacen que sea el mejor melocotón de nuestro país) si el producto no ha pasado los controles, pasa a ser un producto estándar.  Si es un producto estándar, aunque su calidad sea muy alta, y esta bajo el amparo de la DOP ¿Cómo se va a comercializar? ¿Cómo un “casi DOP”? La norma no contempla las medias tintas. Y si es una marca comercial mas ¿por qué no introducirla en  el mercado nacional?.
Hay muchas lagunas todavía en esta gesta y a lo mejor, nada de lo dicho acaba siendo así, pero si lo fuera, se parece bastante a una ceremonia de confusión hacia el consumidor.  


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